Aunque el Estatuto de los Trabajadores contempla la llamada excedencia voluntaria, este es un tipo de excedencia que no tiene que ser concedida necesariamente. Por ello, a continuación vamos a explicar cuándo puede negarse la empresa a que el trabajador se acoja a la excedencia voluntaria.
¿Qué es una excedencia voluntaria?
La excedencia voluntaria es una modalidad de excedencia que, a diferencia de los demás que contempla la ley, no requiere encontrarse en ninguna situación en particular para solicitarla. De hecho, el trabajador ni siquiera está obligado a comunicar la razón por la que desea la excedencia.
Se trata de una excedencia solo disponible para aquellos trabajadores que tienen al menos un año de antigüedad en la empresa, y que se puede solicitar solo si han pasado al menos 4 años desde que finalizó la anterior excedencia voluntaria, en su caso.
Su duración tiene que ser de entre 4 meses y 5 años, y solo garantiza un derecho preferente al reingreso en las vacantes de categoría igual o similar a la del trabajador que haya o que se produzcan en la empresa, por lo que no da derecho a la conservación del puesto en ningún momento.
Los términos de la excedencia voluntaria pueden ser mejorados por convenio colectivo o acuerdo con la empresa.
¿En qué casos puede la empresa no conceder la excedencia voluntaria?
El artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores habla del derecho del trabajador a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria, por lo que no hablamos de un derecho absoluto. Así pues, la empresa puede negarse en ciertos casos, como son los que vamos a ver a continuación:
Cuando el trabajador no cumple el requisito para solicitarla
Como se ha indicado anteriormente, solo es posible acogerse a una excedencia voluntaria en caso de tener una antigüedad mínima de un año en la empresa. Por lo tanto, el empleador puede denegar la excedencia voluntaria a los trabajadores con una antigüedad menor.
Si existen dificultades para sustituir al trabajador
También puede darse el caso de que la empresa se niegue a conceder la excedencia voluntaria porque no le sea posible encontrar a otro trabajador para que cubra el puesto en la fecha solicitada.
Cuando hay otros trabajadores de la empresa en excedencia voluntaria
Otro supuesto que plantearía problemas de organización a la empresa, y por el que podría denegar la excedencia voluntaria, sería que otros trabajadores de la empresa estuvieran ya en situación de excedencia. No necesariamente tendría que tratarse de una excedencia voluntaria, en el caso de estos otros trabajadores.
Por una mala situación en la empresa
Puede suceder también que la empresa se encuentre pasando una mala coyuntura, sea económica o de otra naturaleza, en la que no resulte conveniente prescindir de los servicios del trabajador.
Conclusión
No hay una lista tasada de razones por la que una empresa se pueda negar a que el trabajador se sitúe en excedencia voluntaria. De forma general, la empresa puede decidir no concederla, además de en caso de incumplimiento de los requisitos, en aquellos supuestos en los que el trabajador puede provocar problemas con su ausencia.
En todo caso, no hay que olvidar que la ley recoge una serie de supuestos en los que el trabajador puede solicitar también la excedencia, por otras razones que sí tendrán que estar justificadas, pero que conllevan la obligatoriedad de la empresa de aceptar. Estos son los supuestos de la excedencia forzosa.