¿Qué es el SEMAC de Tenerife y cuál es su función?

SEMAC Tenerife
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En la mayoría de los asuntos, la legislación laboral impone a las partes de un conflicto laboral la obligación de acudir a la vía previa de conciliación o mediación antes de recurrir a la vía judicial, hasta el punto de que no se admitirá la demanda judicial si no se justifica haber cumplido ese requisito.

A esta exigencia legal responde el SEMAC o Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Tenerife.

¿Qué es el SEMAC de Tenerife?

El SEMAC de Tenerife o Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación es un organismo público que se ocupa de mediar en los conflictos laborales que se producen entre el empresario y el trabajador en la provincia de Tenerife, dando así cumplimiento al requisito de intento de conciliación previa al proceso que impone la ley laboral.

¿En qué conflictos es competente el SEMAC de Tenerife?

De acuerdo con el artículo 63 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, el SEMAC de Tenerife es competente para intervenir en los actos de conciliación, arbitraje y mediación en los que se busque resolver conflictos laborales relacionados con el contrato de trabajo, que no estén expresamente excluidos, y que legitimen al interesado como demandante ante la jurisdicción social de Tenerife.

En concreto, será competente en relación a los conflictos que versen sobre las siguientes materias: 

  1. Despidos (no en todos los casos).
  2. Sanciones disciplinarias.
  3. Reclamaciones de cantidad y reconocimiento de derechos en general.
  4. Clasificación profesional.
  5. Resoluciones de contrato a instancia del trabajador.
  6. Conflictos colectivos.

¿Qué casos se exceptúan del requisito de acudir al SEMAC de Tenerife?

No habrá que acudir al trámite de conciliación o mediación previa ante el SEMAC de Tenerife en los asuntos que traten sobre las siguientes materias: 

  • Procesos que exijan la reclamación previa en vía administrativa u otra forma de agotamiento de la misma.
  • Seguridad Social. 
  • Impugnación del despido colectivo por los representantes de los trabajadores.
  • Desacuerdos sobre el disfrute de las vacaciones.
  • Materia electoral.
  • Movilidad geográfica. 
  • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
  • Suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o derivadas de fuerza mayor.
  • Procesos monitorios.
  • Derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral a los que se refiere el artículo 139 de la Ley reguladora de la jurisdicción social.
  • Procesos iniciados de oficio. 
  • Impugnación de los estatutos de los sindicatos o de su modificación.
  • Tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.
  • Procesos de anulación de laudos arbitrales. 
  • Impugnación de acuerdos de conciliaciones, de mediaciones y de transacciones.
  • Reclamación sobre acceso, reversión y modificación del trabajo a distancia. 
  • Acciones laborales de protección contra la violencia de género. 
  • Los casos en que, en cualquier momento del proceso, después de haber dirigido la papeleta de conciliación o la demanda contra personas determinadas, sea necesario ampliar o dirigirla a personas distintas a las inicialmente demandadas. 

Además, se exceptúan los procesos en los que la representación corresponda al abogado del Estado, al letrado de la Administración de la Seguridad Social, a los representantes procesales de la comunidad autónoma o de las administraciones locales o al letrado o letrada de las Cortes Generales.

¿Cómo se inicia el procedimiento ante el SEMAC de Tenerife?

Los trámites del acto de conciliación o mediación ante el SEMAC se inician con la presentación de la papeleta de conciliación ante el propio organismo, personalmente o por persona autorizada, y podrá hacerse presencialmente en el registro del SEMAC o por Internet, en la sede electrónica del SEMAC.

También se permite su presentación en cualquier registro público o por correo certificado, aunque es una vía que ofrece menos ventajas al interesado.

El modelo de solicitud se facilita en el propio organismo, y también se puede descargar de la página web.

El plazo para presentar la papeleta de conciliación será el que marque la ley para cada tipo de conflicto: de caducidad de 20 días hábiles o de prescripción de un año, según el caso.

¿Hay que pedir cita previa para que te atiendan en el SEMAC de Tenerife?

El procedimiento completo para solicitar el acto de conciliación ante el SEMAC de Tenerife se puede hacer por Internet, mediante el portal de la sede electrónica del organismo. Es el sistema más rápido y sencillo, y que ofrece más ventajas al ciudadano.

No obstante, si se desea, se puede acudir presencialmente y presentar la solicitud, pero para ser atendido habrá que pedir cita previa, lo que puede hacerse por teléfono, llamando al 012 o alguno de los siguientes números a coste de llamada local: 922 470 012 / 928 301 012.

También se puede solicitar la cita previa acudiendo a la sede física del SEMAC.

¿Qué información hay que incluir en la papeleta de conciliación?

En la papeleta de conciliación habrá que hacer constar los siguientes extremos:

  • Datos personales de quien la presenta y de los demás interesados o demandados.
  • Domicilio completo de todos los implicados.
  • Datos profesionales del demandante, esto es: categoría profesional u oficio, antigüedad en la empresa, salario y demás remuneraciones.
  • Enumeración clara y concreta de los hechos en los que se basa su pretensión.
  • Cuantía económica total reclamada, en su caso.
  • Fecha y motivos alegados del despido, si el acto versa sobre esta materia.
  • Fecha y firma. 

Si se presenta presencialmente, habrá que aportar tantas copias como partes interesadas haya, más dos para el SEMAC.

¿Qué documentación hay que presentar?

Los interesados deberán acudir al acto de conciliación con su DNI o pasaporte. Excepcionalmente, se permite acudir con el permiso de conducir. También, en su caso, habrá que aportar el permiso de residencia o el permiso de trabajo.

Los menores de edad no emancipados deberán acudir con su representante legal, que irá provisto de su documentación identificativa.

Quienes representen a personas jurídicas deberán presentar su documento original de identificación, además de la escritura de constitución de la sociedad, o el poder notarial original, según sea el caso.

¿En qué plazo se celebra el acto de conciliación ante el SEMAC?

Una vez solicitada la conciliación, esta se celebrará en un plazo de 15 días hábiles si el plazo para presentar la papeleta es de caducidad, o de 30 días hábiles si se trata de un plazo de prescripción.

Si transcurren estos plazos sin que el SEMAC se pronuncie, se tendrá por intentado el acto de conciliación y comenzarán a correr los plazos para presentar la demanda ante el juzgado de lo social.

Igualmente, si el acto de conciliación se celebra en los plazos previstos, una vez terminado sin que se alcance un acuerdo, se reanudan los plazos para presentar la demanda. 

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