Entendiendo el contrato fijo discontinuo: ¿qué es y cuáles son sus implicaciones?

Contrato fijo discontinuo
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El contrato fijo discontinuo es una modalidad de contratación indefinida pensada para actividades que no se desarrollan de forma continuada durante todo el año. Su finalidad es dar estabilidad al trabajador cuando la prestación de servicios se repite en el tiempo, pero solo en determinados periodos, ya sea por tratarse de trabajos estacionales, de temporada o por tener un carácter intermitente con periodos de ejecución ciertos (determinados o no).

A continuación, explicamos en qué consiste, cómo debe formalizarse y cuáles son sus efectos más relevantes.

¿Qué es un contrato fijo discontinuo?

Se trata de un contrato indefinido, pero con prestación de servicios no continuada. Está previsto para:

  • Trabajos estacionales o de temporada, vinculados a ciclos productivos que se repiten.
  • Trabajos intermitentes que se prestan en periodos de ejecución ciertos, aunque esos periodos pueden ser determinados o indeterminados.

El Estatuto de los Trabajadores menciona expresamente dos escenarios en los que puede utilizarse:

  • Prestación de servicios en el marco de contratas mercantiles o administrativas, cuando sean previsibles y formen parte de la actividad ordinaria de la empresa.
  • Contratación a través de una empresa de trabajo temporal, cuando la persona trabajadora es contratada para ser cedida en los términos legalmente previstos.

No obstante, estos no son los únicos supuestos posibles. De hecho, el contrato fijo discontinuo es muy habitual en sectores como la hostelería, aunque no exista una contrata ni intervenga una empresa de trabajo temporal.

El contrato fijo discontinuo se regula en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores. Además, es importante revisar el convenio colectivo aplicable, porque puede concretar aspectos relevantes de esta modalidad (por ejemplo, criterios de llamamiento).

¿Cómo se debe formalizar el contrato fijo discontinuo?

Debe formalizarse siempre por escrito, y reflejar los elementos esenciales de la relación laboral. En particular, debe incluir:

  • Duración del periodo de actividad.
  • Jornada y distribución horaria.

Estos dos últimos aspectos (jornada y distribución) pueden constar de forma estimada, sin perjuicio de que se concreten en el momento del llamamiento.

¿Cómo funciona el llamamiento del trabajador fijo discontinuo?

El llamamiento es el mecanismo por el que la empresa convoca al trabajador para reincorporarse cuando comienza el periodo de actividad.

¿Quién define las reglas del llamamiento?

El Estatuto se remite al convenio colectivo o, en su defecto, a un acuerdo de empresa, para fijar los criterios objetivos y formales que deben regirlo.

¿Qué exige, como mínimo, la ley?

Con independencia de lo anterior, el Estatuto dispone que el llamamiento debe realizarse:

  • Por escrito o por un medio que deje constancia de la notificación.
  • Con indicaciones precisas sobre las condiciones de incorporación.
  • Con antelación adecuada.

Además, la empresa debe facilitar a la representación legal de los trabajadores, con suficiente antelación y al inicio de cada año natural:

  • Un calendario con las previsiones de llamamiento (anual o semestral).
  • Los datos de las altas efectivas cuando se produzcan.

¿Qué ocurre si hay incumplimientos?

Si existen incumplimientos relacionados con el llamamiento, el trabajador fijo discontinuo puede ejercitar las acciones que correspondan, y el plazo para ello empezará a contar desde la falta de llamamiento o desde que el trabajador tuvo conocimiento de la misma.

¿Qué derechos tiene una persona trabajadora con contrato fijo discontinuo?

Sin perjuicio de lo que pueda ampliar el convenio colectivo, el Estatuto reconoce, entre otros, los siguientes derechos:

No sufrir perjuicio por ejercer derechos reconocidos

La persona trabajadora no puede verse perjudicada por:

  • Derechos de conciliación.
  • Ausencias con reserva de puesto.
  • Otras causas justificadas basadas en derechos legales o convencionales.

Cómputo de la antigüedad

La antigüedad debe computarse teniendo en cuenta toda la duración de la relación laboral, y no solo el tiempo efectivamente trabajado, salvo excepciones que, por su naturaleza, exijan un tratamiento diferente y siempre con criterios de objetividad, proporcionalidad y transparencia.

Acceso prioritario a la formación

Los trabajadores fijos discontinuos se consideran colectivo prioritario para acceder a iniciativas de formación profesional para el empleo durante los periodos de inactividad.

Información sobre vacantes fijas ordinarias

La empresa debe informar a los trabajadores fijos discontinuos y a la representación legal de los trabajadores sobre la existencia de vacantes de carácter fijo ordinario, para que puedan solicitar, si lo desean, la conversión voluntaria conforme al procedimiento que establezca el convenio sectorial o el acuerdo de empresa.

¿Qué puede regular el convenio colectivo sectorial?

El Estatuto prevé que el convenio sectorial pueda concretar estos aspectos:

  • Creación de una bolsa sectorial de empleo para periodos de inactividad, con el fin de favorecer contratación y formación continua (sin perjudicar las obligaciones de llamamiento).
  • Posibilidad de celebrar contratos fijos discontinuos a tiempo parcial si el sector lo justifica, y obligación empresarial de elaborar un censo anual del personal fijo discontinuo.
  • Establecimiento de un periodo mínimo de llamamiento anual.
  • Previsión de una cuantía por fin de llamamiento cuando la actividad termina y no se produce un nuevo llamamiento sin solución de continuidad.

¿Qué particularidades existen cuando el fijo discontinuo se vincula a contratas?

Cuando el contrato fijo discontinuo se justifica por contratas, subcontratas o concesiones administrativas, los periodos de inactividad solo pueden producirse como plazos de espera de recolocación entre subcontratas.

En estos casos, el convenio sectorial puede fijar un plazo máximo de inactividad. Si el convenio no establece otra cosa, ese plazo será de tres meses. Alcanzado ese límite, la empresa deberá adoptar las medidas coyunturales o definitivas que procedan conforme a la normativa aplicable.

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