¿Cuándo y cómo se puede solicitar la reducción de jornada por cuidado de hijos?

Reducción jornada cuidado hijos
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Conciliar el trabajo con la vida familiar no siempre es fácil, especialmente cuando hay hijos pequeños o con necesidades especiales de cuidado. Por eso, la ley reconoce a los trabajadores el derecho a solicitar una reducción de su jornada laboral en determinados casos relacionados con este tipo de circunstancias, como vamos a ver a continuación.

¿Cuándo se puede pedir la reducción de jornada por cuidado de hijos?

Este derecho, regulado en los apartados 6 y 7 del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, está reconocido a cualquier persona trabajadora, sea hombre o mujer, que necesite cuidar de su hijo en estos casos:

  • Cuando el hijo es menor de 12 años.
  • Si el hijo tiene una discapacidad y no desempeña una actividad retribuida.
  • Para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, de un hijo menor con cáncer u otra enfermedad grave que requiera un ingreso hospitalario de larga duración y la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente, acreditado por el informe del servicio público de salud u órgano administrativo sanitario de la comunidad autónoma correspondiente. A partir de los 18 años, se podrá reconocer el derecho a la reducción de jornada hasta los 23 años si la enfermedad se ha diagnosticado antes de la mayoría de edad, siempre y cuando en el momento de la solicitud se acrediten todos los requisitos anteriores, salvo la edad.

Este derecho no se reconoce exclusivamente a los progenitores, sino también en general a:

  • Cualquier persona que, por razones de guarda legal, tenga a su cuidado directo al menor de 12 años o persona con discapacidad, en estos casos.
  • Guardadores con fines de adopción o acogedores permanentes, en caso de enfermedad grave.

¿En qué consiste esta reducción y cómo se concreta?

Se trata de una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la correspondiente disminución proporcional del salario, de:

  • Un mínimo de un octavo y un máximo de la mitad de la jornada de trabajo diaria en los casos en que se trate de un menor de 12 años o una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida.
  • Al menos la mitad de la jornada cuando se trate de un menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave.

Será el propio trabajador quien decida el horario en el que se aplicará esta reducción, aunque los convenios colectivos pueden establecer ciertos criterios para organizarla.

¿Hasta cuándo puede durar la reducción de jornada?

El plazo depende del motivo por el que se solicita la reducción:

  • En caso de hijos menores de 12 años, puede mantenerse hasta que el menor cumpla esa edad.
  • Si el hijo tiene una discapacidad, no hay una edad límite específica, siempre que continúe sin desempeñar una actividad retribuida.
  • Cuando se trata de un hijo con enfermedad grave, la reducción se mantendrá más allá de los 18 años si sigue teniendo necesidad de cuidado directo, continuo y permanente. En el supuesto en que se concediera la reducción ya cumplidos los 18 años, se extenderá hasta que el hijo tenga 23. No obstante, se mantendrá el derecho hasta que cumpla 26 años si antes de cumplir 23 se acredita, además, un grado de discapacidad del 65 % o superior.

La acumulación de la reducción en jornadas completas será posible solo en caso de enfermedad grave del menor y cuando así lo prevea el convenio colectivo aplicable.

¿Puede solicitarla más de un progenitor?

Sí, ambos progenitores se pueden acoger a este derecho, aunque la empresa puede limitar su disfrute simultáneo si existen razones organizativas justificadas, que deberán argumentarse por escrito. En ese caso, se debe ofrecer una alternativa razonable que permita compatibilizar el derecho a la conciliación con las necesidades del negocio.

En caso de enfermedad grave del menor, en los casos de nulidad, separación, divorcio, extinción de la pareja de hecho o cuando se acredite la condición de víctima de violencia de género, el derecho corresponderá al progenitor que conviva con el menor, siempre que se cumplan los requisitos legales.

¿Qué pasos hay que seguir para solicitar una reducción de jornada por cuidado de hijos?

La ley solo exige al trabajador que comunique su intención a la empresa con al menos 15 días de antelación, salvo fuerza mayor o que el convenio colectivo indique otro plazo, indicando la fecha en que empezará y finalizará la reducción de jornada.

Al margen de este mínimo que indica la ley, es importante hacer la comunicación por medios escritos que dejen constancia de la misma. Además, si se trata del cuidado de un hijo afectado por enfermedad grave, se debe aportar el informe del servicio público de salud u órgano sanitario autonómico correspondiente que justifique la situación. En los demás supuestos, es conveniente adjuntar la documentación acreditativa que corresponda (por ejemplo, libro de familia, certificado de discapacidad, etc.).

¿Qué ocurre si la empresa se opone?

En caso de que la empresa rechace la solicitud o no esté de acuerdo con el horario planteado, el trabajador puede presentar una demanda ante el juzgado de lo social en un plazo de 20 días desde la negativa empresarial.

No es necesario presentar antes una papeleta de conciliación, y el procedimiento es urgente y de tramitación preferente conforme al artículo 139 de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

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